«Una mujer con tres hijos dará más problemas que un hombre soltero». Para un empleador, esta frase podría parecer una consideración relacionada únicamente con la eficiencia de sus trabajadores; sin embargo, detrás de esta aparente decisión práctica se esconde algo más profundo: un prejuicio que convierte la maternidad en una desventaja incluso antes de que la mujer tenga la oportunidad de demostrar su desempeño.
La doctora María Esther Oropeza Ramírez, en su estudio Discriminación estructural en el ámbito laboral de las madres trabajadoras en México, menciona que durante los últimos treinta años ha existido un crecimiento sostenido en la participación laboral de las mujeres. Sin embargo, la desigualdad entre hombres y mujeres persiste tanto en el trabajo remunerado como en la distribución de las labores domésticas y de cuidados. Esta situación provoca que más de diecinueve millones de mujeres que trabajan fuera de casa en México enfrenten condiciones laborales distintas a las de los hombres.
Es precisamente en el ámbito laboral donde surgen numerosas formas de discriminación relacionadas con la maternidad, a pesar de que tanto el derecho al trabajo como la protección de la maternidad están reconocidos por el marco jurídico mexicano.
Pensemos, por ejemplo, en el momento de solicitar un empleo. Algunos empleadores exigen documentación que compruebe el «no embarazo» o incluyen entre las condiciones de contratación la consigna de «no embarazarse». Estas exigencias constituyen actos discriminatorios y representan una intromisión en la autonomía reproductiva de las mujeres. Lo mismo ocurre con preguntas como: «¿Quién cuidará de sus hijos?».

Este tipo de cuestionamientos rara vez se plantea a los hombres durante una entrevista o al presentar una solicitud de empleo. La eficiencia, la responsabilidad o la asistencia de una persona no pueden determinarse a partir de si tiene hijos ni, mucho menos, de su género.
Aunque numerosos empleadores presentan estas decisiones como simples criterios de eficiencia, el prejuicio se vuelve evidente cuando se compara a dos aspirantes —un hombre sin hijos y una mujer con hijos— y se elige al primero bajo la suposición de que tendrá menos ausencias o dificultades, incluso cuando su preparación profesional es inferior. Esta decisión no se basa en capacidades comprobadas, sino en la creencia de que la crianza afectará exclusivamente el desempeño de la mujer.
Se trata, por tanto, de una forma de discriminación que castiga una maternidad real o posible y coloca una piedra más en el camino de las mujeres hacia la igualdad laboral.
Pero ¿esto sucede únicamente cuando el empleador es un hombre? Tristemente, no. Las propias mujeres también podemos reproducir sesgos de género y estigmas que nos llevan a considerar que una mujer con hijos —ya sea una madre autónoma o tenga pareja— representa automáticamente un riesgo para el negocio. Esto demuestra que la penalización por maternidad no depende solamente del género de quien contrata, sino de una estructura cultural que atribuye casi exclusivamente a las mujeres la responsabilidad de los cuidados.
La desigualdad laboral entre hombres y mujeres es un fenómeno presente en todo el mundo; sin embargo, cuando hablamos de mujeres migrantes, pertenecientes a alguna comunidad étnica o que son madres, la situación se vuelve aún más compleja. La maternidad puede colocarlas en una situación de especial vulnerabilidad, pues los sesgos y estereotipos que sostienen que una madre no puede o no debe trabajar limitan su acceso al empleo y perpetúan su dependencia económica. Como consecuencia, las mujeres quedan en una posición de desventaja que restringe no solo su autonomía y crecimiento personal, sino también sus oportunidades de desarrollo profesional.
Como mujeres con la posibilidad de emplear a otras, no debemos olvidar que nuestros derechos y oportunidades nunca están completamente asegurados. El mundo da muchas vueltas y, aunque suele decirse que en los negocios prevalece la supervivencia del más fuerte, debemos preguntarnos: ¿queremos alcanzar el éxito reproduciendo las mismas desigualdades que durante tantos años han limitado nuestro propio camino?
Referencias:
Cisneros, K. Y. A. (2022). Los derechos de la madre trabajadora en México. Revista de Direito da Cidade, 14(1), 673-696.
Terán, C. P., & Maldonado, J. (2020). Maternidad y brecha salarial: ¿ Penaliza el mercado laboral la maternidad? Cuestiones Económicas, 30(2), 165-165.
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